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Los derechos del socio minoritario marginadoClaves para defender tu posición en la empresa.Es frecuente que, por disputas y enfrentamientos entre socios, los minoritarios se encuentren al margen de la gestión de la sociedad y, en muchos casos, totalmente aislados. En esta situación, el socio debe conocer los derechos que la Ley le concede . Con el 5% no eres tan minoritarioLa Ley concede a los socios que representen, al menos, el 5% del capital social los siguientes derechos:
El Auditor de CuentasEl nombramiento de Auditor es el derecho más contundente que tienen los socios minoritarios. El Registrador Mercantil está obligado a nombrar Auditor, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
En este caso, concurriendo estos requisitos, el Registrador Mercantil nombrará un auditor de cuentas quien tendrá que aceptar el cargo y notificar a la sociedad su nombramiento para comenzar los trabajos de auditoría del ejercicio social. El trabajo del auditor finalizará mediante un informe de auditoría, al que tendrá acceso el socio minoritario, en el que emitirá su opinión sobre si la contabilidad refleja el correcto estado de la sociedad. El coste de estos trabajos de auditoría, serán a cargo de la sociedad. Con esta sencilla medida el socio minoritario podrá conocer la situación real de la sociedad . |
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