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¿Cuándo debo disolver la empresa?La disolución es uno de los momentos más delicados en la vida de una sociedad, el no hacerlo bien pude resultar muy caroLas sociedades pueden disolverse por la existencia de causa legal o estatutaria, constatada por la Junta de Socios o bien por resolución judicial. Una vez adoptado el acuerdo de disolución se inicia el periodo de liquidación. La disolución no supone la extinción jurídica de la empresa, sino que sólo paraliza su actividad; la sociedad continua “viva” dando paso al periodo de liquidación con el nombramiento de liquidadores que tienen por objeto realizar el activo social y si es posible pagar a los acreedores. Efectos de la disoluciónPor tanto, los efectos de la disolución de la empresa, podemos resumirlos de la siguiente forma:
Cómo instar la disolución de la empresaLa disolución debe acordarse en Junta General de Socios, que debe ser convocada por el Órgano de Administración, cuando concurra causa legal o estatutaria de disolución, en un plazo máximo de dos meses. Además, cualquier socio puede solicitar al Órgano de Administración la convocatoria de Junta General si concurre alguna de estas causas y los administradores no la convocan. Si el Órgano de Administración no convoca la Junta se puede solicitar la disolución ante el Juez Mercantil del domicilio social de la empresa. Causas de disoluciónSegún establece la Ley, la sociedad deberá disolverse cuando concurra alguna de las siguientes causas:
Responsabilidad del administrador.Si pese a estar la sociedad incursa en causa de disolución, los administradores incumplen sus obligaciones legales y no convocan junta de socios al efecto, podrán ser declarados responsables solidarios de las deudas sociales que nazcan con posterioridad a esa fecha. Por tanto, los administradores de la sociedad deberán estar atentos a cualquiera de estas circunstancias y adoptar las medidas que procedan para evitar perjuicios a los socios y acreedores. Aviso Legal y Política de Privacidad |
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