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Cártel de Camiones: se agota el plazo para reclamar.

Reclame el sobreprecio pagado por la compra de camiones antes del próximo 19 de julio para no perder sus derechos.

Si adquirió camiones de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAF entre los años 1997 y 2011, podrá reclamar en los Tribunales de su domicilio una indemnización por el sobrecoste sufrido en la compra de vehículos, a causa del acuerdo ilícito sobre precios de los fabricantes.

En nuestro despacho, hemos preparado una sólida defensa legal de los intereses de empresas y autónomos perjudicados por el cártel de fabricantes, basada en un informe pericial, al que en cada caso acompaña un informe particular por camión, en base a los cuales se determina la indemnización concreta a percibir por estas actuaciones fraudulentas.

Contacte con nosotros y le informaremos, sin ningún tipo de compromiso, para que pueda reclamar con garantía

¿Qué hechos respaldan las demandas en favor de los perjudicados?

El 19 de julio de 2016, la Comisión Europea sancionó a los fabricantes de camiones MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAF, por infringir el art. 101 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea y el art. 53 del Acuerdo EEE, que prohíbe cárteles y otras prácticas restrictivas de la libre competencia.

La comisión descubrió que estos fabricantes de camiones se pusieron de acuerdo durante 14 años (de principios de 1997 a principios de 2011) para la fijación de precios y para repercutir a sus clientes los costes del cumplimiento de las normativas de emisiones de la UE.

Por estas infracciones, la Comisión ha impuestos multas de distintas cuantías, hasta un total de casi 3.000 millones de euros. Todos los fabricantes de camiones mencionados, han reconocido su participación en el cártel.

¿Quiénes pueden reclamar?

Los adquirentes de camiones de las marcas MAN, Volvo/Renault, Daimler, Iveco y DAF, entre los años 1997 y 2011.

Vehículos afectados: camiones medios (de 6 a 16 toneladas) y pesados (más de 16 toneladas), tanto camiones fijos como cabezas tractoras.

Los que suscribieron un contrato de leasing de dichas marcas, en esos años.

Se puede reclamar incluso aunque se haya vendido el vehículo con posterioridad.

¿Hasta cuándo se puede reclamar?:

Para evitar riesgos de una posible prescripción, es necesario realizar una reclamación extrajudicial, antes del 19 de julio de 2017.

¿Cuánto podría reclamar el comprador afectado?:

El precio de estos vehículos industriales (camiones de carga media y pesada), oscila entre los 40.000 y 120.000€ -algunos modelos incluso más-, lo que nos arroja un precio medio de 80.000€.

El porcentaje del sobreprecio aplicado se conocerá del informe pericial que se aporte con la demanda. A dicho concepto, habrá que sumarle el coste de la implantación de los sistemas de retención de gases contaminantes, que como dice la Resolución, está demostrado que los fabricantes acordaron repercutir a los compradores, si bien se estima que el sobrecoste sólo por el primero de los conceptos suele situarse en una media del 10-20% del precio pagado.

¿Qué coste tiene el servicio?:

Condiciones del servicio: sin anticipos ni entregas por adelantado. Honorarios variables en función del resultado que se consiga. Desde nuestro despacho ponemos a disposición de empresas y autónomos perjudicados por el pacto de precios, un servicio procesal altamente cualificado .

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