|
||||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
La carta de despido: cómo evitar sustos innecesariosClaves a tener en cuenta a la hora de redactar la carta de despido de un trabajador.El despido es la sanción más grave con la que cuenta el ordenamiento jurídico laboral, todo cese de la relación laboral entre empresa y trabajador ha de ser comunicada por escrito al empleado. Diferenciaremos en este post entre el despido disciplinario y despido objetivo porque los requisitos son diferentes, analizando los requisitos formales que ha de reunir la carta de despido para que sea perfectamente válida y evitar futuros problemas. No existe un modelo de carta de despido, y esto es muy importante indicarlo a los empresarios, pues cada caso o situación es diferente y la carta debe adaptarse a las circunstancias del caso concreto. Si la carta de despido contiene errores, podrá ser impugnado por el trabajador y ser declarado nulo o improcedente.. El despido disciplinario.Es aquel que se produce por decisión del empresario basada en un incumplimiento grave o culpable del trabajador. Esta carta debe contener una descripción exacta de los hechos por los cuales se despide al trabajador, siendo lo más detallada posible, indicando lugar, fecha, quién realizó la conducta grave o negligente, a quién perjudicaron los hechos, si había compañeros de trabajo en ese momento presentes. La carta debe indicar la infracción concreta que se imputa al trabajador, la cual debe recoger el propio Estatuto de los Trabajadores o el Convenio Colectivo que sea de aplicación, así como debe también recoger, cual es la sanción que corresponde a dicha infracción. Así pues, la infracción ha de ser castigada con el despido para que éste sea procedente. La empresa además tiene un plazo para realizar el despido disciplinario, el cual es de 60 días desde la comisión de la infracción o desde que tuvo conocimiento de ello. No podrá sancionar al trabajador con el despido si han transcurrido más de seis meses desde que se produjeron los hechos. Al margen de todos estos requisitos habrá que estar al Convenio específico de cada sector, pues los Convenios pueden establecer requisitos específicos de la carta de despido . El despido objetivo. Es aquel que se produce por una de estas circunstancias:
La carta del despido objetivo tiene que describir cuál es exactamente el motivo o motivos que justifican la decisión empresarial, no es suficiente indicarla, tiene que detallarse minuciosamente, aportando el máximo de datos posibles y adjuntando toda la documentación que sostenga la decisión y acrediten los hechos narrados en la carta. Además, importantísimo, con la carta de despido objetivo, debe ponerse a disposición del trabajador y en el mismo momento, una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. En el caso de no abonarla el despido es improcedente. Si el despido es por causas económicas y la empresa no puede hacer frente al pago de la indemnización, también deberá indicarlo en la carta y aportar la documentación que así lo justifique. |
||||||||||
C/ Santiago, 19, 3º C | 47001 Valladolid (España) | Telf.: +34 983 049 714 | E-mail: info@gomezescolarabogados.es © 2009“ Gómez-Escolar Abogados ”, Todos los Derechos Reservados. Aviso Legal y Política de Privacidad |