|
||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Banco Popular, última hora¡¡Se suceden las noticias sobre la entidad. Si eres uno de los afectados te interesa seguir leyendo.La pregunta que está en la calle es si los inversores, accionistas y bonistas, podrán recuperar su dinero. Ya han transcurrido varias semanas después de que el pasado 7 de junio, el Banco Popular fuese intervenido por las autoridades europeas y pasase a manos del Banco Santander, con la consecuente pérdida –para accionistas y bonistas minoritarios- de todo el capital invertido en acciones y obligaciones subordinadas "tier 2" de la entidad. La pregunta que se plantea es la misma que el primer día: ¿podrán recuperar sus inversiones los accionistas y titulares de obligaciones subordinadas?. El Banco Santander mueve ficha: una propuesta (pero no para todos). El pasado 13 de julio, el Banco Santander emitía un comunicado en el que anunciaba la solución acordada por la entidad para estos inversores: la llamada "Acción de Fidelización". Una fórmula que entrará en funcionamiento a partir de septiembre, a través de la que los clientes del Banco Santander y Banco Popular que reúnan determinados requisitos y se hayan visto afectados por la resolución del Banco Popular, podrán recibir una compensación en valores negociables emitidos por el Banco Santander, llamados "Bonos de Fidelización", en un importe equivalente a su inversión, en determinadas condiciones. ¿Cuáles son las condiciones de la "Acción de Fidelización"? - Los destinatarios serán los clientes minoristas que hubiesen adquirido acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016 o suscrito obligaciones subordinadas "tier 2" en el periodo de suscripción correspondiente, y las mantuviesen hasta el mismo día de la resolución del Popular. - Importe y valores a compensar:
- Amortización y cupones: los "Bonos de Fidelización" son valores perpetuos, pero podrán amortizarse a voluntad del Banco Santander, una vez transcurridos 7 años desde su emisión o –en algunos casos- de forma obligatoria; y devengarán un cupón trimestral del 1% durante los primeros 7 años. - Renuncia a emprender acciones legales: la aceptación de la "Acción de Fidelización" implica la renuncia del cliente a ejercitar cualquier tipo de acción legal contra el Grupo Santander, sus administradores, directivos y empleados.. ¿Me interesa acogerme a esta oferta? Si es usted accionista o bonista del Banco Popular, cumple las condiciones exigidas en la oferta y se está preguntando si debe aceptar la "Acción de fidelización" o no; antes de tomar una decisión, debe tener en cuenta que:
En Gil-Gibernau seguimos pendientes –día a día- de lo que sucede. Estudiamos su caso y le asesoramos sobre las ventajas e inconvenientes de acogerse a la "Acción de Fidelización" ofrecida por el Banco Santander. Si desea más información, póngase en contacto con nosotros en el 941 25 99 00. |
||||||||||
C/ Santiago, 19, 3º C | 47001 Valladolid (España) | Telf.: +34 983 049 714 | E-mail: info@gomezescolarabogados.es © 2009“ Gómez-Escolar Abogados ”, Todos los Derechos Reservados. Aviso Legal y Política de Privacidad |
||||||||||