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Otra sentencia que libera de responsabilidad a los avalistas.

Se anula la cláusula del aval de un préstamo por haber sido impuesta para la concesión del préstamo.

En este caso, como en tantos otros que han sucedido en el pasado, el banco reclamaba a los avalistas por el impago del préstamo.

Estos se defendían alegando la nulidad de la cláusula de préstamo por no haber sido negociada sino que, al contrario, fue impuesta como condición necesaria para su concesión.

Hipoteca avalada por familiares.

Se trataba de un préstamo hipotecario, que quedaba afianzado por unos familiares y que, por dificultades económicas, fue incumplido y reclamado judicialmente.

Según el juez que resolvió el asunto, no quedó probado que la cláusula fuera negociada previamente a la concesión del préstamo, pero sí que fuera un requisito imprescindible para que el banco lo aprobara, asegurando así su posición dominante.

Cláusula nula por abusiva.

El hecho de ser contraria a la buena fe y causar un desequilibrio importante entre las dos partes, a favor del banco, le lleva a considerarla como abusiva y por tanto nula.

La consecuencia de la nulidad es su eliminación del préstamo, que se mantiene vigente en el resto de cláusulas, liberando así de cualquier responsabilidad a los avalistas. ue podemos darle en caso de que el fallecido tuviera avales es que antes de realizar cualquier acto de disposición sobre la herencia, se asesore adecuadamente.

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